LA EDUCACIÓN PÚBLICA EN LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Constitución Política del Perú:
Art. 13.La Educación tiene como finalidad el
desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la
libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar
a sus hijos y el derecho de escoger los centros
de educación y de participar en el proceso educativo.
Art. 14.La Educación promueve el conocimiento, el
aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las
artes, la educación física y el deporte.
!repara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad. Es deber del Estado promover
el desarrollo científico y tecnológico del
país. La formación ética y cívica y la enseñanza de la "constitución y de
los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o
militar. La Educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias.
La enseñanza se imparte en todos los niveles con sujeción a los principios
"constitucionales y a los fines de la correspondiente institución Educativa. Los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural.
"constitucionales y a los fines de la correspondiente institución Educativa. Los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural.
Art. 16. Tanto el sistema como el régimen
educativo son descentralizados. El Estado coordina la política educativa,
formula los lineamientos generales de los planes de estudio, así como los requisitos
mínimos de la organización de los centros educativos. Supervisa su cumplimiento
y la calidad de la Educación. Es deber del Estado que nadie se vea impedido de recibir una educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas que da prioridad a la educación en la asignación de recursos
ordinarios del presupuesto de la república.
Art. 17. La educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las Instituciones
del Estado la educación es gratuita.
Ley General de Educación 28044
Art. 8. Principios de la
Educación
La educación peruana tiene a la persona
como centro y agente fundamental del proceso educativo. Que sustenta en los
siguientes principios:
1.La ética, que inspira una educación
promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia* que fortalece la conciencia moral
individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la
responsabilidad ciudadana.
2.La equidad, que garantiza a todos
iguales oportunidades de acceso permanencia y trato en un sistema
educativo de calidad.
3.La inclusión, que incorpora a
las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados
y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia,
religión, se-o u otra causa de discriminación, contribuyéndolas a
la eliminación de la pobreza, la exclusión y las desigualdades.
4.La calidad, que asegura condiciones
adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta, flexible
y permanente.
5.La democracia, que promueve el respeto
irrestricto a los derechos humanos,
la libertad de conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la
ciudadanía y el reconocimiento de la voluntad popular* y que contribuye a la
tolerancia mutua en las relaciones entre personas y entre mayorías y minoritarias
como al fortalecimiento del estado de derecho.
6.La interculturalidad, que asume como riqueza la
diversidad cultural, étnica ylinguistica del país y encuentra en el reconocimiento y respeto a las
diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del
otro sustento, para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas
culturas del mundo.
7.La "conciencia ambiental, que
motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía
para el desenvolvimiento de la vida.
8.La creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos
en todos los campos del saber, el arte y la cultura.
Art. 9. Fines de la Educación Peruana.
Son fines de la educación peruana:
1.Formar personas capaces de
lograr su realización ética, intelectual, artística ,cultural, afectiva, física,
espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su
identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para
el ejercicio de su ciudadana en armonía con su entorno, así como al desarrollo
de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo
y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento.
2.Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad
nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística, supere
la pobreza e impulse el desarrollo sostenible del país y fomente la integración
latinoamericana teniendo en cuenta los retos de un mundo globalizado
El éxito escolar es un esfuerzo conjunto. Las experiencias de
aprendizaje exitosas empiezan en casa. Cuanto más involucrados se encuentren
los padres en la educación de sus hijos, mucho más seguro será que los niños
tengan éxito en la escuela y en su vida. El éxito en la escuela comienza
involucrando a los padres en el proceso de aprendizaje. Apoyo y expectativas
claras determinan la orientación del aprendizaje y ayudan a mejorar las
relaciones entre la familia y la escuela. Cada niño debería de ser motivado a
lograr metas de aprendizaje y a obtener las mejores calificaciones posibles.
El éxito académico se mide también por la habilidad del niño para
llevarse bien con otras personas. Dos aspectos importantes del aprendizaje son
la comunicación y cooperación con otros niños o adultos para alcanzar metas
personales y de grupo. Las familias comparten la tarea de definir los papeles y
responsabilidades de sus niños, tanto en el hogar como en la escuela.
Desde el momento en que el niño ingresa a la escuela, los padres y
maestros necesitan trabajar juntos para desarrollar el potencial académico y
social del niño. La meta de la familia y la escuela es trabajar juntos para
desarrollar las habilidades del niño para obtener un aprendizaje que durará por
toda su vida. La base fundamental del éxito en la escuela es creada en el
hogar. El éxito empieza con las relaciones positivas entre padres e hijos.
Actitudes positivas sobre la escuela, el aprendizaje y la vida, proveen la base
para construir y sostener excelencia.
El papel del padre es una de las figuras de base familiar .la familia es
una pequeña sociedad que se crea en torno a las figuras del padre y de la madre
y la unión de ambos. Ambos son las primeras figuras de apego del niño y por lo
tanto su influencia es determinante en su desarrollo. Tanto el padre como la
madre vana a construir las primeras figuras masculinas y femeninas,
respectivamente sobre las que el niño y la niña formen sus modelos de hombre y
mujer.
La nueva sociedad ha hecho que la presencia del padre en la educación y
crianza de los niños y niñas cobre una mayor importancia. En el mundo actual
ambos progenitores trabajan uy han de colaborar en el cuidado de los hijos.
Esto ha hecho que los vínculos afectivos que influyen en el desarrollo de los
niños y niñas se hayan enriquecido mucho.
El papel de padre es fundamental en la educación, desarrollo y en la
formación de la personalidad de los pequeños. El vínculo es indispensable
siendo fundamental que el padre esté presente en la dinámica familiar, que
participe se involucre en la crianza.
Citado por Carmen Gladys Barrios Veloso /Mirna Vásquez Martínez
Encargada de la dirección de operación de la UPC-CONAFE /JEFA DE
DEPARTAMENTO
Para el consejo nacional de Fomento Educativo (Conafe),la participación
dinámica ,colaborativa e incluyente de
la familia en la educación es uno de los principales factores para el éxito
académico de los alumnos y una variable fundamental para a el desarrollo social de las comunidades .
El objetivo se sitúa en dos
dimensiones indisociables y mutuamente influyentes: una educación para la
realización personal de todos los peruanos y una educación para la edificación
colectiva de la democracia y del desarrollo del país.
Para lograr esta educación,
los peruanos necesitamos tomar y ejecutar decisiones concretas, reconocer
nuestras fortalezas y capacidades, dejar atrás divisiones menudas o de
fundamentos egoístas y consolidar una voluntad colectiva dirigida tenazmente
hacia una misma dirección.
3. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN
¿Qué dirección debe ser
esta? Es imperativo reconocer en primer lugar, como verdad fundamental, que la
educación es un derecho individual y colectivo y que el ejercicio de ese
derecho debe ser una experiencia de disfrute y de enriquecimiento de nuestra
humanidad. Sobre la base de esa convicción, para el Consejo Nacional de
Educación son seis los cambios que requiere la educación peruana:
- Sustituir una educación que reproduce desigualdades por otra que
brinde resultados y oportunidades educativas de igual calidad para todos, ajena
a cualquier forma de discriminación.
- Convertir cada centro educativo en un espacio de aprendizaje auténtico
y pertinente, de creatividad e innovación y de integración en una convivencia
respetuosa y responsable en el ejercicio de deberes y derechos.
- Organizar una gestión éticamente orientada, con participación,
descentralizada y con más recursos, los cuales utiliza con eficiencia óptima.
- Pasar de un ejercicio docente poco profesional y masificante a una
docencia con aspiraciones de excelencia profesional y conducida mediante un
reconocimiento objetivo de méritos y resultados.
- Propiciar la creación, la innovación y la invención en el ámbito de
la educación superior con plena conciencia de que debe ser un soporte para
superar nuestra histórica situación de pobreza y para alcanzar el desarrollo
social y la competitividad del país.
- Romper las fronteras de una educación encerrada en las estrechas
paredes de la escuela para fortalecer una sociedad que forma a sus ciudadanos,
los compromete con su comunidad y dibuja la educación del futuro.
Primer
Objetivo Estratégico: Oportunidades y resultados educativos de
igual calidad para todos.
Una educación básica que
asegure igualdad de oportunidades y resultados educativos de calidad para todos
los peruanos, cerrando las brechas de inequidad educativa
Toda escuela peruana debe
recibir una dotación básica o paquete de insumos y condiciones elementales,
dotación que hoy es asumida en muchos casos por los padres de familia, sobre
todo en las escuelas más pobres: materiales educativos, bibliotecas de aula,
horas de acceso a una cabina de internet cercana al centro educativo y recursos
tan esenciales como agua potable y energía eléctrica. Esa dotación debe
provenir del Estado en el caso de las escuelas públicas.
Sobre esa base, la política
debe enfocarse en lo siguiente: hacer que la educación inicial sea universal
para los niños de 4 y 5 años; el logro de los aprendizajes fundamentales en los
primeros años de la primaria (lectura y escritura, operaciones aritméticas,
resolución de problemas, conocimientos científicos, despliegue de destrezas
corporales, formación en valores y otros) debiera constituir la principal
acción alfabetizadora del país; además de la alfabetización funcional y
tecnológica de todos los estudiantes incluyendo los adultos.
Los grupos de población que
deben ser atendidos en forma prioritaria y con estrategias diferenciadas son
los de las áreas rurales y en extrema pobreza, con un énfasis particular en las
niñas, así como las personas que experimentan alguna discapacidad.
Estas políticas cobran su
mayor sentido si van de la mano de políticas intersectoriales de desarrollo
productivo y de lucha contra la pobreza que otorguen a las zonas más deprimidas
del país posibilidades de desarrollo. Así también si se asocia a la expansión
de redes de protección infantil que promuevan la educación temprana y atención
integral de los niños de 0 a 3 años y de sus madres para disminuir la tasa de
mortalidad infantil, mejorar la nutrición, orientar las pautas de crianza hacia
el desarrollo del rico y diverso potencial humano con una acción masiva sobre
los padres de familia y comunidades
Segundo
Objetivo Estratégico: Instituciones educativas que garantizan
aprendizajes pertinentes de calidad.
Transformar las
instituciones de Educación Básica en organizaciones efectivas e innovadoras
capaces de ofrecer una educación pertinente y de calidad, realizar el potencial
de las personas y aportar al desarrollo social.
Las políticas anteriores
ofrecen un sólido marco de acción que permitirá que cada escuela se convierta
en un foco de innovación sustentado en el aprendizaje colaborativo e
intercultural y en la creación de un clima institucional amigable, integrador y
estimulante.
La acción del Estado debe
fortalecer y estimular esa innovación y promover redes de intercambio entre
centros educativos de manera tal que unos aprendan de otros. Asimismo, debe
apoyar de manera directa a aquellos que no estén en condiciones de crecer por
sí mismas. Para ello el Estado reconoce al centro educativo autonomía en sus
decisiones en tres temas clave: recursos (definidos a partir de sus necesidades
y no a partir de demandas predeterminadas en un escritorio), selección de
docentes (dentro de una carrera pública magisterial), formación de sus equipos
docentes; los centros educativos tendrán participación en la evaluación docente
de acuerdo a marcos evaluativos legislados.
Esta política se complementa
con una definición de las metas de aprendizaje que los estudiantes y sus
familias tienen el derecho de exigir, elaboradas participativamente a partir de
lineamientos nacionales. Estos se han de expresarse en un currículo nacional
básico que garantice la cohesión de la sociedad peruana y sobre esa base, en
currículos regionales, los mismos que deben posibilitar una mayor pertinencia
de los aprendizajes tanto con la cultura y la lengua de cada población como con
las diversas realidades sociales, económicas y geográficas que tenemos en el
país. Todo ello debe asegurar el pleno desarrollo personal, social, productivo
de los ciudadanos. Estas metas son evaluadas periódicamente para identificar
los factores que permiten que algunas escuelas avancen y otras no,
retroalimentando a las escuelas y a las políticas educativas.
Tercer
Objetivo Estratégico: Maestros bien preparados que ejercen
profesionalmente la docencia.
Asegurar el desarrollo
profesional docente, revalorando su papel en el marco de una carrera pública
centrada en el desempeño responsable y efectivo, así como de una formación
continua integral.
Los docentes que laboran en
los centros educativos del país son un factor clave de los cambios que propone
el Proyecto Educativo Nacional. Hoy en día los maestros no gozan de incentivos,
sino al contrario, para actuar con creatividad, profundizar su formación
profesional o realizar esfuerzos adicionales a favor de sus estudiantes suelen
enfrentar muchos obstáculos.
El cambio que se propone
demanda que los docentes puedan hacer carrera profesional con criterios
objetivos de promoción, que se les posibilite una formación a la medida de sus
necesidades para optimizar su contribución al centro educativo y que reciban
incentivos acordes con su condición de profesionales y especialistas en una
tarea fundamental para el país.
El Consejo Nacional de
Educación discrepa con quienes consideran que el despido de docentes es la
solución de los problemas de la educación. Sin embargo, y con igual
determinación, considera también que una Carrera Pública Magisterial debe ser
un espacio de trabajo y de oportunidades de desarrollo profesional sólo para
los maestros que demuestren aspiraciones de progreso y mejoramiento en su desempeño,
que participen activa y responsablemente en sus centros educativos y en cuya
práctica profesional puedan verificarse de manera progresiva e inobjetable
criterios esenciales de calidad, de inclusión y buen trato.
Tampoco se ignora el grave
problema que significa el exceso de institutos y facultades de educación y el
daño acumulado por entidades de educación superior sin recursos ni organización
para asumir la tarea de formar nuevos educadores. La puesta en marcha del
sistema de acreditación con resultados que sean conocidos por la población
constituye el principal mecanismo que permitirá ir corrigiendo esta situación.
No se debe dejar de atender las nuevas demandas educativas que el Proyecto
Educativo Nacional plantea con docentes especializados en la educación inicial
de niños de 0 a 3 y de 4 a 5 años de edad, en los primeros grados de la
primaria y en los últimos años de secundaria.
Asimismo, es indispensable
contar con maestros formados en una perspectiva intercultural, es decir, con
capacidad de relacionarse con diversas configuraciones socioculturales, pero no
sólo para comprenderlas y valorarlas, sino para organizar la enseñanza sobre la
base del reconocimiento de esta diversidad en el aula, partiendo del capital
cultural de los estudiantes y sus comunidades, propiciando el diálogo entre
distintas cosmovisiones, valores y representaciones.
Cuarto
Objetivo Estratégico: Una gestión descentralizada, democrática,
que logra resultados y es financiada con equidad.
Asegurar una gestión y
financiamiento de la educación nacional con ética pública, equidad, calidad y
eficiencia.
La educación peruana ha
abundado en buenas intenciones y ha sido escasa en resultados. Poco o nada ha
cambiado en las últimas décadas porque la transformación de la gestión
educativa no se ha enfrentado con seriedad. Urge, por ello, tomar la
determinación clara de romper el círculo vicioso de la ineficiencia
transformando el triángulo «centro educativo-instancia intermedia-sede
central»: una escuela con poder para hacer los cambios que necesita y recibe el
soporte técnico que solicita, en cada región una entidad que articula la
educación con las políticas sociales, la educación superior con la básica, al
sector productivo con el Estado y la sociedad civil para que la educación sea
relevante, útil para el despegue de la región. Un nivel central que asume un
rol de liderazgo, y no de simple administrador, es responsable por los
aprendizajes de los estudiantes, funciona para el logro efectivo de objetivos
de política educativa, garantiza su unidad y continuidad, la compensación de
diferencias, el financiamiento suficiente.
Se hace así visible un nuevo
“organigrama” del sistema educativo. En el nivel nacional (que no debe ser
tomado como central) el MED no administra escuelas sino que gestiona políticas
nacionales en corresponsabilidad con las regiones. Por su parte, el Sistema
Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación Educativa hace una
evaluación externa de los aprendizajes e instituciones y el Consejo Nacional de
Educación se ocupa de las políticas de Estado. En el nivel regional se definen
las políticas regionales, se provee el servicio educativo y se realiza la
articulación intersectorial. En el nivel local, las Unidades de Gestión
Educativa Local (UGEL) se concentran en las cuestiones administrativas y se
crea un sistema de asistencia técnica a los centros educativos articulado a
municipios, ISP, o a terceros. En el nivel de las instituciones educativas,
estas funcionan con poderes de decisión en cuanto a la conducción pedagógica,
la selección de personal y el manejo del presupuesto. Las IE tienden a
constituir redes para compartir aprendizajes y recursos que no podrían tener
todas individualmente.
No es realista pensar en una
reestructuración endógena: ella no se hará solamente desde dentro de la
administración educativa, sino que reclama la participación de la ciudadanía,
ya que todo centro educativo tendrá la obligación de comunicar los resultados
logrados por sus estudiantes así como de las razones que facilitan o impiden el
aprendizaje. Lo mismo hará la autoridad regional y la nacional. Esta
participación implica también mayores cuotas de decisión para los padres de
familia y los centros educativos, así como una mayor presencia del Estado en
las zonas excluidas del país para que la población renueve sus expectativas en
la educación y constante que sus derechos no son letra muerta sino realidades
tangibles.
El financiamiento de la
educación tiene que ser entendido como el costo de todo un proyecto, es decir,
de objetivos, resultados y políticas. Ello demanda un incremento sostenible y
un mejor gasto de los recursos del Estado bajo criterios de equidad; implica
también que se destine más recursos a las regiones o poblaciones más excluidas
o con mayores desventajas, así como un adecuado mecanismo de control
(evaluación y monitoreo) de la ejecución orientado a los resultados
priorizados.
Quinto
Objetivo Estratégico: Educación superior de calidad se convierte
en factor favorable para el desarrollo y la competitividad nacional
Asegurar la calidad de la
Educación Superior y su aporte al desarrollo socioeconómico y cultural en base
a prioridades, así como a una inserción competitiva en la economía mundial
Aunque resulte inverosímil,
en el país no existe una política de educación superior. Las universidades se
gobiernan con autonomía; la educación superior profesional, técnico profesional
y la modalidad ocupacional, que abarcan aproximadamente 1,4 millones de
matriculados, están dirigidas por una subdirección del Ministerio de Educación.
Creemos que el principio de autonomía universitaria no es incompatible con una
política nacional de amplio alcance que debería adecuar nuestra educación
superior a las necesidades de desarrollo el país.
La inversión en
investigación y desarrollo debe ser la locomotora de una reforma de la
educación superior para que ella cumpla su aporte a la construcción de nuestro
propio camino de desarrollo.
Son cuatro las políticas que
se deben emprender:
En primer lugar, sentar las
bases para que las universidades e institutos generen ciencia e innovación
tecnológica con recursos especialmente dedicados a eso. Actualmente el Perú
invierte menos que Bolivia y Ecuador en estas tareas. En una sociedad
globalizada, lo que hará distintiva a una universidad o instituto peruano
respecto de uno extranjero será la ciencia y el desarrollo tecnológico propio
que logren imprimirle en aquellas actividades en las que el país es competitivo
internacionalmente así como en conocimiento y en prospectiva para el
desarrollo.
En segundo lugar,
transformar la formación profesional en una perspectiva de educación permanente
que atienda tanto a quienes requieren una formación técnica específica como a
aquellos que requieren formaciones especializadas más allá incluso de los
grados de maestría y doctorado.
En tercer lugar, la
acreditación debe ser la palanca para que cada institución emprenda un camino
de mejora de la calidad.
Finalmente, en cuarto lugar,
es necesario plantearse la necesidad de un sistema de educación superior que,
respetando las particularidades, articule y potencie a la universidad y a los
institutos de formación profesional y los vincule creativamente con las
necesidades de desarrollo local, regional y nacional.
Sexto
Objetivo Estratégico: Una sociedad que educa a sus ciudadanos y
los compromete con su comunidad
Fomentar en todo el país una
sociedad dispuesta a formar ciudadanos informados, propositivos y comprometidos
con el desarrollo y bienestar de la comunidad.
Los aprendizajes que propone
el Proyecto Educativo Nacional no se logran sólo dentro de las instituciones
sino que requieren, además, convertir el espacio público en un lugar de
aprendizaje convergente a los mismos propósitos.
Un factor de impacto
significativo para el desarrollo económico y social es la generación de un
nuevo capital social, lo que comprende aspectos como valores compartidos,
normas, cultura, la capacidad de concertar, construir redes, sinergias, clima
de confianza, inteligencia de las instituciones u orientación al trabajo
voluntario. Por eso, programas y actividades en campos como la movilización de
la cultura popular, la promoción del asociacionismo, la apertura de canales
concretos para la acción sin fines de lucro son parte esencial de las políticas
educativas. Lo es también el fortalecimiento de capacidades de las redes
sociales y comunitarias ya existentes, la generación de nuevos arreglos
institucionales o pactos familia-escuela, sociedad-medios de comunicación.
El Consejo Nacional de
Educación destaca el papel del gobierno local no sólo como un administrador del
servicio educativo sino, fundamentalmente, como constructor de una ciudad
educadora, que forma en ciudadanía y en convivencia social; o como el
catalizador del desarrollo en las áreas rurales. El Proyecto Educativo Nacional
llama también a los líderes de organizaciones sociales, partidos políticos y
empresas, a jugarse por la educación; mostrando un estilo de liderazgo que sea
pedagógico, pero también promoviendo el compromiso de sus instituciones con la
educación de sus miembros y su comunidad.
4. DEL PROFESORADO
El profesorado en la enseñanza oficial es carrera pública
Según la Ley N° 24029 LEY DEL PROFESORADO:
El profesorado es agente fundamental de la educación y
contribuye con la familia, la comunidad y el Estado a la formación integral del
educando.
Además, esta Ley norma el régimen del profesorado como
carrera pública y como ejercicio particular, de acuerdo con el Artículo 41º de
la Constitución Política del Perú. En el primer caso incluye a los respectivos
profesores cesantes y jubilados. Asimismo, regula la situación de los no
profesionales de la educación que ejercen funciones docentes.
Artículo 8º.- El título de los profesionales en educación es
el de Profesor, otorgado por los Institutos Superiores Pedagógicos. Las
Universidades otorgan este título o el de Licenciado en Educación, siendo éstos
equivalentes para el ejercicio profesional y para el ascenso en la Carrera
Pública. Los estudios efectuados en los primeros son convalidados en las
universidades de acuerdo con la Ley y con los estatutos de cada una de ellas
para hacer cualquier otro estudio, inclusive los de segunda especialidad
profesional.
Artículo 10º.- El Ministerio de Educación promueve la
profesionalización de quienes ejercen sin título pedagógico la función de
profesores o en la docencia pública o privada.
Artículo 12º.- El Ministerio de Educación ofrece programas
de perfeccionamiento y especialización profesional, en los Institutos
Superiores Pedagógicos de gestión estatal y previo convenio, en las
Universidades y en los Institutos Superiores Pedagógicos de gestión no estatal.
Con igual objeto ofrece becas en el país y en el extranjero. La oferta de
programas y becas se hace proporcionalmente a todas las regiones del país.
Tiene acceso preferente a ella los profesores que no han gozado de sus beneficios
en el quinquenio anterior.
La ley establece los requisitos para los cargos de director
y profesor
Requisitos Generales
No registrar antecedentes penales ni judiciales al momento
de postular.
No registrar sanciones ni limitaciones para el ejercicio de
la profesión docente. De existir sanción administrativa registrada en el
Escalafón, este requisito será verificado considerando lo siguiente:
En caso de amonestación escrita o suspensión en el cargo
hasta por 30 días, los profesores podrán inscribirse, siempre que haya
transcurrido 01 año desde la fecha en que se cumplió la sanción hasta el primer
día de la etapa de inscripción.
En caso de sanción con cese temporal en el cargo sin goce de
remuneraciones desde 31 días hasta 12 meses, los profesores podrán inscribirse,
siempre que hayan transcurrido 02 años desde la fecha en que se cumplió la
sanción hasta el primer día de la etapa de inscripción.
No tener sanción vigente en el Registro Nacional de
Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD).
No tener en curso una sanción administrativa de suspensión o
cese temporal en el cargo.
No haber sido condenado por los delitos señalados en la Ley
N.° 29988 que establece medidas extraordinarias para el personal docente y
administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en
delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la
libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el Registro de
personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología del
terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de
drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.
Requisitos específicos para el cargo de Director y
Subdirector de II.EE.
Estar ubicado a partir de la cuarta escala magisterial.
Para el caso de los cargos Directivos en las Instituciones
Educativas de Educación Intercultural Bilingüe (IIEE EIB), el postulante debe
dominar la lengua originaria de la IIEE EIB a la que postula.Para el caso de
los cargos Directivos en IIEE de gestión privada por convenio, contar con la
propuesta del gestor correspondiente.
Tener título pedagógico o de segunda especialidad, o estar
laborando en el nivel educativo que se seleccione al momento de la inscripción.
Requisitos específicos para el cargo de Especialista en
Educación de UGEL y DRE.
Estar ubicado a partir de la tercera escala magisterial
Para acceder al cargo de Especialista de EIB el postulante
debe figurar en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas
Originarias y acreditar el nivel de dominio intermedio de la lengua originaria
de la zona que comprende las IIEE EIB.
5. GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN
a) LA EDUCACIÓN INICIAL, PRIMARIA Y
SECUNDARIA ES OBLIGATORIA
SECUNDARIA ES OBLIGATORIA
Ley General de Educación
(Ley Nro. 28044)
Artículo 2º.- Concepto de la
educación La educación es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se
desarrolla a lo largo de toda la vida y que contribuye a la formación integral
de las personas, al pleno desarrollo de sus potencialidades, a la creación de
cultura, y al desarrollo de la familia y de la comunidad nacional,
latinoamericana y mundial. Se desarrolla en instituciones educativas y en
diferentes ámbitos de la sociedad Artículo
3°. - La educación como
derecho La educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad.
El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de
calidad para todos y la universalización de la Educación Básica. La sociedad
tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar
en su desarrollo.
CAPÍTULO V EL ROL DEL ESTADO
Artículo 21°. - Función del
Estado El Estado promueve la universalización, calidad y equidad de la
educación. Sus funciones son:
Ejercer un rol normativo,
promotor, compensador, concertador, articulador, garante, planificador,
regulador y financiador de la educación nacional.
CAPÍTULO VI EL ROL DE LA
SOCIEDAD
Artículo 22°. - Función de
la sociedad La sociedad tiene el derecho y el deber de contribuir a la calidad
y equidad de la educación. Ejerce plenamente este derecho y se convierte en
sociedad educadora al desarrollar la cultura y los valores democráticos.
La Educación Básica Regular
comprende obligatoriamente:
a Nivel de Educación Inicial
La
Educación Inicial constituye el primer nivel de la Educación Básica Regular,
atiende a niños de 0 a 2 años en forma no escolarizada y de 3 a 5 años en forma
escolarizada. El Estado asume, cuando lo requieran, también sus necesidades de
salud y nutrición a través de una acción intersectorial. Se articula con el
nivel de Educación Primaria asegurando coherencia pedagógica y curricular, pero
conserva su especificidad y autonomía administrativa y de gestión. Con
participación de la familia y de la comunidad, la Educación Inicial cumple la
finalidad de promover prácticas de crianza que contribuyan al desarrollo
integral de los niños, tomando en cuenta su crecimiento socio afectivo y
cognitivo, la expresión oral y artística y la sicomotricidad y el respeto de
sus derechos.
b)
Nivel de Educación Primaria La Educación Primaria constituye el segundo nivel
de la Educación Básica Regular y dura seis años. Tiene como finalidad educar
integralmente a niños. Promueve la comunicación en todas las áreas, el manejo
operacional del conocimiento, el desarrollo personal, espiritual, físico,
afectivo, social, vocacional y artístico, el pensamiento lógico, la
creatividad, la adquisición de las habilidades necesarias para el despliegue de
sus potencialidades, así como la comprensión de los hechos cercanos a su
ambiente natural y social.
c)
Nivel de Educación Secundaria La Educación Secundaria constituye el tercer
nivel de la Educación Básica Regular y dura cinco años. Ofrece a los
estudiantes una formación científica, humanista y técnica. Afianza su identidad
personal y social. Profundiza el aprendizaje hecho en el nivel de Educación
Primaria. Está orientada al desarrollo de competencias que permitan al educando
acceder a conocimientos humanísticos, científicos y tecnológicos en permanente
cambio. Forma para la vida, el trabajo, la convivencia democrática, el
ejercicio de la ciudadanía y para acceder a niveles superiores de estudio.
Tiene en cuenta las características, necesidades y derechos de los púberes y
adolescentes. La capacitación para el trabajo es parte de la formación básica de
todos los estudiantes. En los últimos años escolares se desarrolla en el propio
centro educativo o, por convenio, en instituciones de formación
técnico-productiva, en empresas y en otros espacios educativos que permitan
desarrollar aprendizajes laborales polivalentes y específicos vinculados al
desarrollo de cada localidad.
b) EN
LAS INSTITUCIONES DELE STADO LA
EDUCACIÓN ES GRATUITA.
EDUCACIÓN ES GRATUITA.
Constitución Política del
Perú
Art 2 Constitución Política
del Perú (derechos)
A la vida, a su identidad, a
su integridad moral, psíquica y física y a su
libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo
cuanto le favorece.
el artículo 3º de la Carta
de 1993 dice: “La enumeración de los derechos fundamentales no excluye los
demás que la Constitución garantiza, ni otros derechos de naturaleza análoga o
que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberanía del
pueblo, del Estado democrático de derecho y de la forma republicana de
gobierno”, se puede inferir que si los derechos fundamentales no sólo abarcan
los enumerados en el artículo 2º de la Carta Fundamental, sino todos aquellos
derechos que ella garantiza, como son los derechos incorporados en los tratados
sobre derechos humanos de los que el Perú forma parte y demás normas
constitucionales, éstos pueden ser considerados derechos con rango
constitucional en nuestro ordenamiento jurídico 17 .
Ley General de Educación
(Ley Nro. 28044)
Artículo 4°. - Gratuidad de
la educación La educación es un servicio público; cuando lo provee el Estado es
gratuita en todos sus niveles y modalidades, de acuerdo con lo establecido en
la Constitución Política y en la presente ley. En la Educación Inicial y Primaria
se complementa obligatoriamente con programas de alimentación, salud y entrega
de materiales educativos
-La Declaración Universal de
los Derechos Humanos, establece en su artículo 26º tres principios básicos que
integran el contenido normativo del derecho a la educación, al señalar que: “1.
Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al
menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La
instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional
habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para
todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto
el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto
a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la
comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los
grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán
derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus
hijos”.
c)-EN
LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS EL ESTADO GARANTIZA EL DERECHO DE GRATUIDAD.
La Ley General de Educación
– Ley N° 28044 (LGE), en su artículo 2º, esboza una definición: «La educación
es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo largo de toda
la vida y que contribuye a la formación integral de las personas, al pleno
desarrollo de sus potencialidades, a la creación de cultura, y al desarrollo de
la familia y de la comunidad nacional, latinoamericana y mundial. Se desarrolla
en instituciones educativas y en diferentes ámbitos de la sociedad».
Sobre el particular “La Educación
Superior Universitaria”, la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO ha señalado que la educación
superior tiene como misión, lo siguiente:
a) formar diplomados
altamente cualificados y ciudadanos responsables, capaces de atender a las
necesidades de todos los aspectos de la actividad humana, ofreciéndoles
cualificaciones que estén a la altura de los tiempos modernos, comprendida la
capacitación profesional, en las que se combinen los conocimientos teóricos y
prácticos de alto nivel mediante cursos y programas que estén constantemente
adaptados a las necesidades presentes y futuras de la sociedad.
b) constituir un espacio
abierto para la formación superior que propicie el aprendizaje permanente,
brindando una óptima gama de opciones y la posibilidad de entrar y salir
fácilmente del sistema, así como oportunidades de realización individual y
movilidad social con el fin de formar ciudadanos que participen activamente en
la sociedad y estén abiertos al mundo, y para promover el fortalecimiento de
las capacidades endógenas y la consolidación en un marco de justicia de los
derechos humanos, el desarrollo sostenible la democracia y la paz.
c) promover, generar y
difundir conocimientos por medio de la investigación y, como parte de los
servicios que ha de prestar a la comunidad, proporcionar las competencias
técnicas adecuadas para contribuir al desarrollo cultural, social y económico
de las sociedades, fomentando y desarrollando la investigación científica y
tecnológica a la par que la investigación en el campo de las ciencias sociales,
las humanidades y las artes creativas.
d) contribuir a comprender,
interpretar, preservar, reforzar, fomentar y difundir las culturas nacionales y
regionales, internacionales e históricas, en un contexto de pluralismo y
diversidad cultural; e) contribuir a proteger y consolidar los valores de la
sociedad, velando por inculcar en los jóvenes los valores en que reposa la
ciudadanía democrática y proporcionando perspectivas críticas y objetivas a fin
de propiciar el debate sobre las opciones estratégicas y el fortalecimiento de
enfoques humanistas.
f) contribuir al desarrollo
y la mejora de la educación en todos los niveles, en particular mediante la
capacitación del personal docente.
LEY QUE MODIFICA LA LEY
30220, LEY UNIVERSITARIA, PARA PRECISAR LOS ALCANCES DE LA GRATUIDAD DE LA
ENSEÑANZA EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS
Artículo Único. Modificación
del artículo 100 de la Ley 30220, Ley Universitaria Incorporase el numeral
100.2-A, en el artículo 100 de la Ley 30220, Ley Universitaria, con la
redacción siguiente:
“Artículo 100. Derechos de
los estudiantes Son derechos de los estudiantes:
100.1 Recibir una formación
académica de calidad que les otorgue conocimientos generales para el desempeño
profesional y herramientas de investigación.
100.2 La gratuidad de la
enseñanza en la universidad pública.
100.2-A. La gratuidad
referida en el numeral 100.2. alcanza hasta la obtención del título
profesional”.
SUNEDU
Artículo 100. Derechos de
los estudiantes Son derechos de los estudiantes:
100.1 Recibir una formación
académica de calidad que les otorgue conocimientos generales para el desempeño
profesional y herramientas de investigación.
100.2 La gratuidad de la
enseñanza en la universidad pública.
100.3 Participar en el
proceso de evaluación a los docentes por periodo académico con fines de
permanencia, promoción o separación. 100.4 Tener la posibilidad de expresar
libremente sus ideas, sin que pueda ser sancionado por causa de las mismas.
100.5 Participar en el
gobierno y fiscalización de la actividad universitaria, a través de los
procesos electorales internos, de acuerdo con esta Ley y la regulación que
establezca cada universidad.
100.6 Ejercer el derecho de
asociación, para fines vinculados con los de la universidad.
100.7 Tener en las
universidades privadas, la posibilidad de acceder a escalas de pago
diferenciadas, previo estudio de la situación económica y del rendimiento
académico del alumno.
100.8 Contar con ambientes,
instalaciones, mobiliario y equipos que sean accesibles para las personas con
discapacidad.
100.9 Ingresar libremente a
las instalaciones universitarias y a las actividades académicas y de
investigación programadas.
100.10 Utilizar los
servicios académicos y de bienestar y asistencia que ofrezca la institución universitaria.
100.11 Solicitar reserva de
matrícula por razones de trabajo o de otra naturaleza debidamente sustentada.
No excederá de tres (3) años consecutivos o alternos.
100.12 En el caso de las
universidades públicas, la gratuidad de la enseñanza se garantiza para el
estudio de una sola carrera.
100.13 El alumno tiene el
derecho de gratuidad para el asesoramiento, la elaboración y la sustentación de
su tesis, para obtener el grado de Bachiller, por una sola vez.
100.14 Los demás que
disponga el Estatuto de la universidad.
INTEGRANTES :
MARCOS ANTONIO, MUÑOZ ÑAHUERO
CLAUDIA LIZ, CERDA SILVA
RONALD, CHAMBI ARACCA
GUSTAVO, GUERRA LEON


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